/ jueves 20 de junio de 2024

La Representación Proporcional en la Cámara de Diputados

La Cámara de Diputadas y Diputados está conformada por 300 diputaciones de Mayoría Relativa (300 distritos uninominales y 200 de Representación Proporcional que emanan de las 5 circunscripciones plurinominales y que a cada una le corresponden 40 curules. Estas 200 diputaciones resultarán electas mediante el Sistema de Listas Regionales, conformadas de acuerdo con el principio de paridad y encabezadas alternadamente entre mujeres y hombres cada período electivo.

La asignación de las 200 diputaciones federales de Representación Proporcional (Plurinominal), se realiza con base en el porcentaje de votos obtenidos por cada partido político en cada circunscripción. Por ello, los partidos políticos que obtengan, al menos 3 % de la votación válida emitida, tendrán derecho a participar en el procedimiento de asignación de estas diputaciones

Con el principio de Representación Proporcional, la ley electoral busca que la composición del Congreso de la Unión sea lo más parecida a la votación que alcanzó cada partido político. Es decir, el objetivo es asegurar la representación de las minorías para garantizar la pluralidad política.

Para ello, dice la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) tiene como plazo máximo el 23 de agosto de este año para asignar las diputaciones federales electas por el principio de Representación Proporcional, una vez que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación haya resuelto todas las impugnaciones interpuestas.

Para evitar la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados, el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que, en caso de que algún partido político exceda de 300 diputaciones por ambos principios o su porcentaje de curules del total de la Cámara de Diputadas y Diputados sea mayor en ocho puntos al de su votación nacional emitida, le serán restadas el número de diputaciones de Representación Proporcional hasta ajustarse a los límites establecidos. En ese contexto, se asignarán las diputaciones excedentes a los demás partidos políticos que no se ubiquen en estos supuestos.

De esta manera quedaría ejecutado el Acuerdo INE/CG645/2023, aprobado el 7 de diciembre de 2023, por el que se determinó el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules y los escaños por el principio de Representación Proporcional en el Congreso de la Unión, que correspondan a los Partidos Políticos Nacionales con base en los resultados que hubieren obtenido en la Jornada Electoral celebrada el pasado 2 de junio.

Con las diputaciones plurinominales se busca tener una expresión con calidad de mujeres y hombres, por su experiencia y conocimiento protejan la expresión electoral cuantitativa de las minorías políticas y garantizar su participación en la integración de la Cámara de Diputados y el Senado.

La Cámara de Diputadas y Diputados está conformada por 300 diputaciones de Mayoría Relativa (300 distritos uninominales y 200 de Representación Proporcional que emanan de las 5 circunscripciones plurinominales y que a cada una le corresponden 40 curules. Estas 200 diputaciones resultarán electas mediante el Sistema de Listas Regionales, conformadas de acuerdo con el principio de paridad y encabezadas alternadamente entre mujeres y hombres cada período electivo.

La asignación de las 200 diputaciones federales de Representación Proporcional (Plurinominal), se realiza con base en el porcentaje de votos obtenidos por cada partido político en cada circunscripción. Por ello, los partidos políticos que obtengan, al menos 3 % de la votación válida emitida, tendrán derecho a participar en el procedimiento de asignación de estas diputaciones

Con el principio de Representación Proporcional, la ley electoral busca que la composición del Congreso de la Unión sea lo más parecida a la votación que alcanzó cada partido político. Es decir, el objetivo es asegurar la representación de las minorías para garantizar la pluralidad política.

Para ello, dice la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) tiene como plazo máximo el 23 de agosto de este año para asignar las diputaciones federales electas por el principio de Representación Proporcional, una vez que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación haya resuelto todas las impugnaciones interpuestas.

Para evitar la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados, el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que, en caso de que algún partido político exceda de 300 diputaciones por ambos principios o su porcentaje de curules del total de la Cámara de Diputadas y Diputados sea mayor en ocho puntos al de su votación nacional emitida, le serán restadas el número de diputaciones de Representación Proporcional hasta ajustarse a los límites establecidos. En ese contexto, se asignarán las diputaciones excedentes a los demás partidos políticos que no se ubiquen en estos supuestos.

De esta manera quedaría ejecutado el Acuerdo INE/CG645/2023, aprobado el 7 de diciembre de 2023, por el que se determinó el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules y los escaños por el principio de Representación Proporcional en el Congreso de la Unión, que correspondan a los Partidos Políticos Nacionales con base en los resultados que hubieren obtenido en la Jornada Electoral celebrada el pasado 2 de junio.

Con las diputaciones plurinominales se busca tener una expresión con calidad de mujeres y hombres, por su experiencia y conocimiento protejan la expresión electoral cuantitativa de las minorías políticas y garantizar su participación en la integración de la Cámara de Diputados y el Senado.