Las administradoras de fondos para el retiro (Afores) deberán identificar las cuentas de trabajadores fallecidos y aquellas que fueron traspasadas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
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Para llevar a cabo este registro, las Afores tendrán que celebrar convenios o mecanismos de consulta con registros civiles y otros organismos autorizados, con el fin de darle más transparencia a los ahorradores o beneficiarios de sus cuentas.
De acuerdo con un anteproyecto de decreto publicado en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), en el caso de los trabajadores fallecidos, deberán identificarse las cuentas individuales de trabajadores afiliados y no afiliados a una administradora.
Las acciones emprendidas por las administradoras y empresas operadoras de esta información deberán respetar lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de los Particulares, según corresponda.
Adicionalmente, organismos como el IMSS, ISSSTE e Infonavit deberán proporcionar a los trabajadores información de manera continua sobre los beneficios del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
Estas medidas buscan mantener actualizadas y completas las bases de datos del SAR, garantizando la correcta administración de las cuentas individuales de los trabajadores en México, según la Consar.
La autoridad reiteró que en tanto no se localice a los titulares, los ahorros deberán ser administrados por las compañías y entregarse una vez que sean reclamados.
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Al cierre de mayo, las 10 Afores que operan en México administraron recursos por más de 6.14 billones de pesos, provenientes de 74.5 millones de cuentas individuales.
El dinero es invertido en bonos gubernamentales, proyectos de infraestructura, entre otros instrumentos bursátiles.