Llegó noviembre y con ello las festividades por el Día de Muertos, que se llevan a cabo el primer y el segundo día del mes.
El Día de Muertos es una festividad especial para gran parte de la sociedad mexicana y tiene como objetivo honrar a los difuntos. Es así, que muchas personas ponen en sus casas las tradicionales ofrendas para recordar a quienes se nos adelantaron al más allá.
Debido a su gran importancia para los mexicanos, hay quienes piensan que esta fecha puede ser considerada como descanso obligatorio.
Sin embargo, de acuerdo con la Lay Federal del Trabajo (LFT), en su artículo 74, no indica como día de descanso obligatorio el 1 y 2 de noviembre, esto quiere decir que los colaboradores deben que presentarse en su centro de trabajo de manera normal, sin alguna modificación en su salario.
Es de mencionar que existen empresas que ponen esta fecha como inhábil; no obstante, eso depende de cada centro de trabajo, ya que no es obligatorio.
Quienes sí descansan en estas fechas, son los alumnos y personal de nivel básico, adscritos al sistema de la Secretaría de Educación Pública (SEP). Esto a pesar que el calendario de la dependencia solo marca como día de descanso el dos de noviembre.
Las labores se van a reanudar el próximo jueves tres del presente mes, una vez concluidas las festividades.
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Para este mes de noviembre, solo hay un día marcado como feriado, en conmemoración a la Revolución Mexicana para este 2022, los empleados deberán descansar de manera obligatoria el lunes 21 de noviembre, esto aplica para todas las empresas, sin importar el reglamento interno o cualquier otra disposición.