/ martes 18 de junio de 2019

Amonestan a alcalde de Tlanchinol

Por desacato a la orden judicial, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) amonestaron al presidente municipal de Tlanchinol, Pablo Salazar Hernández, y al síndico jurídico de Tepeapulco, Iván Islas Quiroz.

Durante la sesión ordinaria, los togados determinaron que procedió la impugnación presentada por la regidora de Tlanchinol, Diana Berenice López Borges, quien refirió que el Ayuntamiento fue omiso al establecer en la cédula de notificación la información que solicitó la integrante del Cabildo, por lo que lo realizó de forma extemporánea.

Los magistrados determinaron fijar un lapso de diez días a partir de la notificación para el cumplimiento de sus labores, mientras que en el caso de Tepeapulco fue una reiteración presentada por el regidor Oscar Arturo Landaverde Quijada y otros integrantes del Cabildo que solicitaron información y no se remitió en la cédula de identificación a terceros identificados.

En la impugnación presentada por los regidores de Tepeapulco, los magistrados del TEEH coincidieron en que el síndico jurídico tiene la labor de proveer la información que requieren los integrantes del Cabildo, pues se trata de parte de su quehacer público, por ello se dará un plazo de diez días a partir de la notificación para que se disponga de la documentación solicitada.


Al respecto, la presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, comentó que en caso de que tanto la alcaldía de Tlanchinol como el síndico jurídico de Tepeapulco no cumplan con los ordenamientos de las amonestaciones, podrían aplicarse multas que tendrían que ser subsanadas de los recursos personales de los funcionarios obligados o incluso dar vista al Congreso local.

Por desacato a la orden judicial, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) amonestaron al presidente municipal de Tlanchinol, Pablo Salazar Hernández, y al síndico jurídico de Tepeapulco, Iván Islas Quiroz.

Durante la sesión ordinaria, los togados determinaron que procedió la impugnación presentada por la regidora de Tlanchinol, Diana Berenice López Borges, quien refirió que el Ayuntamiento fue omiso al establecer en la cédula de notificación la información que solicitó la integrante del Cabildo, por lo que lo realizó de forma extemporánea.

Los magistrados determinaron fijar un lapso de diez días a partir de la notificación para el cumplimiento de sus labores, mientras que en el caso de Tepeapulco fue una reiteración presentada por el regidor Oscar Arturo Landaverde Quijada y otros integrantes del Cabildo que solicitaron información y no se remitió en la cédula de identificación a terceros identificados.

En la impugnación presentada por los regidores de Tepeapulco, los magistrados del TEEH coincidieron en que el síndico jurídico tiene la labor de proveer la información que requieren los integrantes del Cabildo, pues se trata de parte de su quehacer público, por ello se dará un plazo de diez días a partir de la notificación para que se disponga de la documentación solicitada.


Al respecto, la presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, comentó que en caso de que tanto la alcaldía de Tlanchinol como el síndico jurídico de Tepeapulco no cumplan con los ordenamientos de las amonestaciones, podrían aplicarse multas que tendrían que ser subsanadas de los recursos personales de los funcionarios obligados o incluso dar vista al Congreso local.

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