El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo realizó una amonestación pública al partido político Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y al candidato a la gubernatura Julio Menchaca Salazar, por haber utilizado en propaganda electoral las imágenes de menores de edad sin contar con los permisos correspondientes y por tanto por no seguir los lineamientos de su utilización.
En la sesión de ayer, en el procedimiento especial sancionador TEEHPES-052-2022, interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN) contra Morena y su aspirante a la gubernatura, la magistrada presidenta Rosa Amparo Martínez Lechuga resolvió que se acreditó la vulneración del interés superior por parte del partido denunciante por lo que sancionó al candidato y al organismo político.
Durante la exposición del proyecto, la magistrada indicó que el PAN, denunció la presunta existencia de propaganda electoral, consistente en publicaciones de Facebook que incluyen apariciones de menores de edad sin que se difumine el rostro o se cuente con los permisos correspondientes.
Aseveró que el PAN consideró que se vulneraba el interés superior del menor, por lo que declaró existente la violación denunciada, ya que, dijo, en primer término, de las constancias que se entregaron al expediente, se acreditó la existencia de la propaganda electoral, consistente entres videos y una imagen en los cuales aparecían menores de edad, la cual fue publicada en un perfil de la red social Facebook a nombre de Julio Menchaca.
Destacó que en comparecencia a través de su escrito de alegatos, el aspirante de Morena a la gubernatura, dijo ser el titular del perfil y corroboró la difusión dela propaganda denunciada.
Asimismo, refirió que las imágenes publicadas contaban con los permisos necesarios para su difusión y utilización en un video, ya que las imágenes fueron obtenidas de una plataforma de licencia de imágenes.
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Por el otro lado, se mencionó que fueron vulnerados los lineamientos emitidos a través del Instituto Nacional Electoral para proteger los derechos de los niños y adolescentes que aparezcan de manera directa o indirecta en propaganda de carácter político electoral.
Se concluyó que el candidato sí publicó propaganda electoral en la que aparecen menores de edad sin contar con permisos.