/ martes 4 de julio de 2023

Aprueban reducir tiempos de respuesta de revisiones: ITAIH

La mayoría de los recursos de revisión son ocasionados por la falta de respuestas

Por unanimidad, los cinco comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (ITAIH) aprobaron reducir los tiempos de respuesta por parte de los sujetos obligados sobre un recurso de revisión por falta de solución de una solicitud de información.

Durante la sesión ordinaria, el comisionado del ITAIH, Luis Ángel Hernández Ríos, explicó que se trata de un criterio de interpretación que resulta de las resoluciones que convergen en el mismo sentido y con ello se aprueba que si existe un recurso de revisión el tiempo de respuesta no podrá exceder los cinco días hábiles.

De acuerdo con los integrantes del ITAIH, la falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos establecidos fue la principal causa de recursos de revisión en 2022 con 452 asuntos recibidos de los 903 totales que atendieron en las sesiones.

Agregaron que la mayoría de los solicitantes no tuvieron respuesta de las solicitudes de acceso a la información por parte de los sujetos obligados, por lo cual se enfocaron en reducir los plazos para el cumplimiento de las resoluciones a la mitad del tiempo.

Asimismo, se esperan que los sujetos obligados que no contesta solicitudes de acceso a la información durante el plazo máximo de 20 días entreguen la información de forma completa en el periodo de instrucción y así reducir los tiempos de entrega en favor de las personas solicitantes y así agilizar los procesos de solicitudes de información.


Por unanimidad, los cinco comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (ITAIH) aprobaron reducir los tiempos de respuesta por parte de los sujetos obligados sobre un recurso de revisión por falta de solución de una solicitud de información.

Durante la sesión ordinaria, el comisionado del ITAIH, Luis Ángel Hernández Ríos, explicó que se trata de un criterio de interpretación que resulta de las resoluciones que convergen en el mismo sentido y con ello se aprueba que si existe un recurso de revisión el tiempo de respuesta no podrá exceder los cinco días hábiles.

De acuerdo con los integrantes del ITAIH, la falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos establecidos fue la principal causa de recursos de revisión en 2022 con 452 asuntos recibidos de los 903 totales que atendieron en las sesiones.

Agregaron que la mayoría de los solicitantes no tuvieron respuesta de las solicitudes de acceso a la información por parte de los sujetos obligados, por lo cual se enfocaron en reducir los plazos para el cumplimiento de las resoluciones a la mitad del tiempo.

Asimismo, se esperan que los sujetos obligados que no contesta solicitudes de acceso a la información durante el plazo máximo de 20 días entreguen la información de forma completa en el periodo de instrucción y así reducir los tiempos de entrega en favor de las personas solicitantes y así agilizar los procesos de solicitudes de información.


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