Una comida anual pagada por el gobierno municipal, más de dos semanas de descanso obligatorio en días distribuidos en todo el año, un mes de vacaciones pagadas, así como la posibilidad de un aumento salarial anual de más de ocho mil pesos por cada cinco años de trabajo, son algunos de los beneficios que tienen los trabajadores agremiados al Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del H. Ayuntamiento del Municipio de Tulancingo de Bravo Hidalgo (SUTSHAMTBH).
Tales beneficios, así como otras prestaciones superiores a la ley se enuncian en el acta de Condiciones Generales de Trabajo que rigen a los trabajadores de base sindicalizados de este municipio, gremio de 242 servidores activos, 88 jubilados y 23 pensionados. En primera instancia, destacan los beneficios económicos a los que son acreedores. Uno de ellos es el pago de quinquenios, derecho al cual acceden cuando cumplen cinco años de “servicios efectivos”.
De acuerdo con el documento, el cual es de consulta pública en el sitio web del Sindicato, por cada cinco años, el Ayuntamiento debe pagar a cada agremiado 680 pesos que se adicionan a su salario, monto acumulable hasta por seis periodos. Lo anterior significa que si un trabajador alcanza los 30 años de servicio, periodo suficiente para una jubilación, habrá cobrado hasta 244 mil 800 pesos por este concepto, un aumento por año de 8 mil 160 pesos. Un incremento anual equivalente a más de 32 salarios mínimos del 2024.
Una vez que se alcanzan los 30 años de servicio “ininterrumpido”, los agremiados tienen derecho a una “gratificación económica” equivalente a 968.58 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), traducido al valor actual representa 105 mil 158.73 pesos. Ello representa que, si un trabajador sindicalizado logra esta cantidad de años, habrá recibido 349 mil 958 pesos únicamente por conceptos de antigüedad.
Tienen derecho también a un estímulo mensual de hasta 175 pesos por cumplir en materia de puntualidad y asistencia, a un apoyo de hasta mil pesos para servicios de optometría o dentales, gastos funerarios de hasta 22 mil 300 pesos y una dispersión de 900 pesos cada inicio de ciclo escolar para trabajadores que continúen sus estudios.
Asimismo, según lo establece el capítulo octavo de las Prestaciones, reciben un aguinaldo anual equivalente a 60 días de salario que debe pagarse en diciembre, además de un mes de salario íntegro con una prima vacacional del 30 por ciento que de igual forma debe dispersarse en el último mes del año. En comparación, un asalariado regularmente tiene derecho a 15 días de aguinaldo por ley.
Pero los sindicalizados del gobierno municipal también cuentan con beneficios en común: la presidencia municipal paga un total de 50 mil pesos al año que se reparten entre todos los agremiados, a fin de apoyo económico por el Día de Reyes, Día del Niño, Día de la Madre y del Padre, 450 pesos mensuales por concepto de vales de despensa y hasta 18 días de descanso obligatorio pagado. En ellos se incluyen los que establece la Ley Federal de Trabajo más el 27 de marzo (día de aniversario del Sindicato), el jueves y el viernes santo, así como cualquier otro que se sume cuando haya comisiones sindicales, tomas de protesta del Comité Ejecutivo del Sindicato, entre otros.
Contrario a los derechos laborales que establece la ley (donde solo se otorgan 12 días por primer año trabajado), un sindicalizado del gobierno tulancinguense goza de dos periodos vacacionales de 15 días cada uno, cada uno con su respectiva prima vacacional desde el primer año de servicios. Así como de un seguro médico para ellos y sus beneficiarios que cubre gastos hospitalarios, obstétricos, quirúrgicos y de viáticos, ya sea accidente profesional o no, en hospitales públicos o cualquier otra “institución de servicios médicos que convenga a las partes”. Lo anterior incluye el pago de medicamentos para ellos y sus hijos menores de edad o con discapacidad.
El Ayuntamiento les brinda, de igual forma, facilidades para la compra de terrenos y casas “de acuerdo con su capacidad económica”; y en tema de permisos por paternidad o maternidad, son de ocho semanas y tres meses, respectivamente, superiores a los 30 días para hombres y 84 días para mujeres que se estipulan en le ley.
Por otro lado, tienen la posibilidad de solicitar licencias para ausentarse sin goce de sueldo desde su primer año de servicio. Del primero al quinto año, los permisos son hasta por 90 días de ausentismo; de cinco a 10 años, les dan hasta 120 días al año; mientras que de diez años en adelante, cuentan con hasta 180 días al año de los que pueden disponer sin que represente un riesgo para su estabilidad laboral o plaza.
Cabe mencionar que los anteriores beneficios no tienen vigencia y crecen anualmente, cada que se revisan las condiciones y se firman actualizaciones:
“La duración de las presentes condiciones generales de trabajo son por tiempo indefinido y para efectos de revisión se fija como términos el 10 de marzo de cada año”, se lee en el documento.