Cambian identidad 30 hidalguenses

Personas transgénero deben tener 18 años para tramitar la rectificación del acta de nacimiento

Alberto González

  · jueves 29 de julio de 2021

Elieth, es una mujer que labora en la FGR de Hidalgo, ejemplo de los derechos que da la ley. / Maximiliano Pérez

De abril de 2019 a la fecha, en Hidalgo aproximadamente 30 personas cambiaron identidad de género, luego de ser aprobada por el Congreso estatal la Ley de Identidad de Género, la mayoría son de Pachuca, indicó el presidente de la Barra Colegio de Abogados de la entidad, Juan Manuel Batres.

Durante varios años, las personas transgénero han realizado diversas luchas para que su identidad sea reconocida legalmente y rectificar el género que ellas desean desempeñar ante la sociedad, comentó. La legislación en México contempla a nivel constitucional que todas las personas podrán gozar y garantizarán los derechos humanos que están inscritos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que nuestro país sea parte.

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Por ejemplo, en su artículo 4 párrafo octavo de nuestra Constitución, se establece que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento, asimismo, el Estado garantizará el cumplimiento de estos derechos, asignando a la autoridad competente para que pueda ser expedida la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento, informó.

La Ley de Identidad de Género, apuntó, se aprobó en Hidalgo en el mes de abril del 2019 con 29 votos a favor, y modifica la normatividad para la familia del estado, con el fin de que las personas transgénero, a partir de los 18 años de edad, puedan rectificar su acta de nacimiento, nombre y género de acuerdo con el que mejor se identifiquen.

Desde entonces, dijo, cerca de 30 personas han cambiado su nombre y género en sus actas de nacimiento, la mayoría oriundas de Pachuca, recordó el dato a partir de una entrevista a una persona trans.

Para poder realizar la solicitud de reconocimiento de la identidad de género, las personas interesadas deberán presentar solicitud debidamente requisitada ante la Dirección del Registro del Estado Familiar, principalmente, dentro de los trámites, explicó.

Para este proceso no es necesario la intervención de un abogado.

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