El Periódico Oficial del estado de Hidalgo publicó de manera bilingüe el Reglamento de la Representación de Comunidades Indígenas del municipio de Nicolás Flores, que entró en vigor el 7 de septiembre de 2023.
El documento oficial determina los derechos y obligaciones de los representantes indígenas ante el cabildo, quienes podrán tener derecho a voz, pero no a voto, tampoco recibirán una retribución por su representación comunitaria.
Esta representación indígena se erigirá de acuerdo a los usos y costumbres de cada comunidad por un periodo de un año, o el que la comunidad determine, además podrán disponer de los recursos naturales de acuerdo a las leyes vigentes.
El municipio de Nicolás Flores, cuenta con una población total de 6 mil 265 habitantes, de los cuales, 3 mil 182 hablan alguna lengua indígena, predominando la otomí con 3 mil 097 hablantes. Lo que representa el cincuenta por ciento del total de la población.
Los representantes indígenas serán ciudadanas y ciudadanos auxiliares de la comunidad ante el ayuntamiento en lo que refiere a temas del interés de su comunidad, y solo representan a la comunidad a la que pertenecen.
Esta representación cumplirá una función distinta a los delegados y subdelegados de las comunidades, además no serán considerados como servidores públicos del ayuntamiento.
Los representantes deberán ser notificados en tiempo y forma sobre la celebración de sesiones de cabildo, de la comisión de pueblos y comunidades indígenas o de cualquier otra en la que se traten temas en materia indígena, en especial cuando se traten asuntos relacionados con la comunidad que represente.
Este reglamentó determinó que no están impedidos a asistir a todas las asambleas de cabildo, pero tampoco están obligados, en caso de que sean temas ajenos a la comunidad que representan.