Un aumento de 30 por ciento a prerrogativas de partidos políticos, particularmente a los que tienen registro nacional y reconocimiento de distritos electorales y municipios indígenas para que tengan candidaturas exclusivas según el porcentaje poblacional que representen, forman parte de las reformas al Código Electoral del Estado de Hidalgo aprobadas en comisiones ayer, y que hoy serán votadas en el Congreso local de Hidalgo.
Conforme al dictamen aprobado ayer por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, para las actividades ordinarias permanentes previstas en el artículo 30 fracción I inciso a, la bolsa será única para prerrogativas a partidos políticos, sean estatales o nacionales, y el factor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) pasará de 25 al 32.5 por ciento, que se multiplica por el número de ciudadanos del padrón estatal.
Con esto, si en 2019 utilizando el factor del 25% de la UMA y el padrón fue de 2 millones 145 mil 326 ciudadanos, resultó una bolsa de 43 millones 228 mil 318.90 pesos, con el 32.5 por ciento de la UMA resultaría 56 millones 196 mil 814.57 pesos, que representa un aumento de 30 porciento al incrementarse 12 millones 968 mil 495.67 pesos, según el acuerdo IEEH/ CG/001/2019.
Este año es Morena el que obtiene mayor financiamiento mensual con 1 millón 580 mil 335.29 pesos, seguido del PRI, con 826 mil 633.53 pesos; PAN con 532 mil 608.91 pesos; PT, 338 mil 693.88 pesos; PRD, 324 mil 68.30 pesos.
Sin embargo, de aprobarse este dictamen hoy, contrariamente los partidos con registro estatal bajarían su prerrogativa, pues a ellos se les aplicó, por sentencia del tribunal electoral, el 65 por ciento de la UMA, bolsa que quedó en 16 millones 1188 mil 54.41 pesos, con lo que Nueva Alianza obtiene mensualmente un millón 723 mil 649.96 pesos; Más por Hidalgo y Podemos, cada uno, 187 mil 322.72 pesos.
Además, los diputados de la Comisión aprobaron nuevas atribuciones al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo para que le permita velar por los sistemas normativos internos, con ello los municipios elegirán por usos y costumbres a su autoridad municipal; reconocerán los distritos y los municipios indígenas y según el porcentaje de población el número de postulaciones por el principio de mayoría relativa o representación proporcional para cargos de elección popular.