/ martes 15 de enero de 2019

Defienden días inhábiles por ley

Secretaría del Trabajo y sindicatos

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), con apoyo de varios sindicatos, esta semana inició intensiva campaña informativa para evitar abusos de los patrones hacia sus trabajadores, sobre los días de descanso obligatorio y las remuneraciones a que tienen derecho en caso de presentarse los domingos.

Mario Baños Briseño, secretario de Organización de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) Hidalgo, y dirigente sindical del mismo, señaló que, por acuerdo con la STPS, recibirán quejas de trabajadores a quienes se les vulneren los derechos que establece el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De acuerdo con la citada ley, son seis días de descanso obligatorio que aún tiene 2019: el primer lunes de febrero, por la conmemoración del Día de la Constitución; el tercer lunes de marzo en conmemoración del natalicio de don Benito Juárez.

1 de mayo, por el Día del Trabajo, 16 de septiembre por el inicio de la lucha armada de Independencia, el tercer lunes de noviembre, inicio la Revolución; y, 25 de diciembre, Navidad.

Finalmente, la STPS y los sindicatos, defienden en los centros laborales, que ningún empleado está obligado a brindar sus servicios en los días de descanso señalado, y en caso contrario, el patrón debe pagarle salario al doble, independiente del ordinario.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), con apoyo de varios sindicatos, esta semana inició intensiva campaña informativa para evitar abusos de los patrones hacia sus trabajadores, sobre los días de descanso obligatorio y las remuneraciones a que tienen derecho en caso de presentarse los domingos.

Mario Baños Briseño, secretario de Organización de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) Hidalgo, y dirigente sindical del mismo, señaló que, por acuerdo con la STPS, recibirán quejas de trabajadores a quienes se les vulneren los derechos que establece el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De acuerdo con la citada ley, son seis días de descanso obligatorio que aún tiene 2019: el primer lunes de febrero, por la conmemoración del Día de la Constitución; el tercer lunes de marzo en conmemoración del natalicio de don Benito Juárez.

1 de mayo, por el Día del Trabajo, 16 de septiembre por el inicio de la lucha armada de Independencia, el tercer lunes de noviembre, inicio la Revolución; y, 25 de diciembre, Navidad.

Finalmente, la STPS y los sindicatos, defienden en los centros laborales, que ningún empleado está obligado a brindar sus servicios en los días de descanso señalado, y en caso contrario, el patrón debe pagarle salario al doble, independiente del ordinario.

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