/ domingo 29 de marzo de 2020

Dispensarán la necropsia a fallecidos por Covid-19

Salvo los supuestos en que exista orden de la autoridad competente

Personal sanitario deberá evitar la realización de las necropsias hospitalarias en los cadáveres sospechosos o confirmados de Covid-19, salvo los supuestos en que exista orden de la autoridad competente.

Esto es parte de los lineamientos para el manejo de cadáveres, publicados en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), la noche de este viernes, los cuales deberá acatar el personal de salud, forense, funerario y quienes tengan contacto con dichos cadáveres.

El documento de seis páginas explica que dentro del procedimiento de preparación y tratamiento del cadáver, las personas que estén en contacto directo, deberán de aplicar todas las medidas necesarias de bioseguridad.

Asimismo, la introducción del cadáver en la bolsa sanitaria biodegradable se realizará dentro de la misma habitación de aislamiento o en el lugar de defunción, con la finalidad de prever algún contagio y así, poder depositarlo o colocarlo en el ataúd sellado o cerrado, para ser llevado a servicios funerarios, y con destino final la cremación o la inhumación, según las personas jurídicamente legitimadas.

El cadáver deberá de ser tratado para su limpieza y preparación con solución de blanqueador de 0.5% hipoclorito de sodio, así como agua y jabón.

Previo a la entrega del cadáver, el personal sanitario deberá informar sobre los riesgos sanitarios y de contagio a los familiares o personas jurídicamente legitimadas; asimismo, deberá realizar la entrega del cadáver en bolsa sanitaria biodegradable sellada. No se deberá realizar apertura de ésta para la limpieza, preparación o embalsamamiento del cadáver.

Es obligatorio desinfectar el equipo y la ropa de cama. Posterior a la limpieza y tratamiento sanitario del cadáver, se deberá seguir lo dispuesto por el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos.

Así como en las recomendaciones para la Protección Ambiental-Salud, Ambiental-Residuos Peligrosos y Biológico- Infecciosos, emitidas por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002, por lo que deberá introducirse en una bolsa sanitaria biodegradable y de traslado con ataúd; éste deberá reunir las características técnicas sanitarias de resistencia a la presión de los gases en su interior, estanqueidad e impermeabilidad.

Personal sanitario deberá evitar la realización de las necropsias hospitalarias en los cadáveres sospechosos o confirmados de Covid-19, salvo los supuestos en que exista orden de la autoridad competente.

Esto es parte de los lineamientos para el manejo de cadáveres, publicados en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), la noche de este viernes, los cuales deberá acatar el personal de salud, forense, funerario y quienes tengan contacto con dichos cadáveres.

El documento de seis páginas explica que dentro del procedimiento de preparación y tratamiento del cadáver, las personas que estén en contacto directo, deberán de aplicar todas las medidas necesarias de bioseguridad.

Asimismo, la introducción del cadáver en la bolsa sanitaria biodegradable se realizará dentro de la misma habitación de aislamiento o en el lugar de defunción, con la finalidad de prever algún contagio y así, poder depositarlo o colocarlo en el ataúd sellado o cerrado, para ser llevado a servicios funerarios, y con destino final la cremación o la inhumación, según las personas jurídicamente legitimadas.

El cadáver deberá de ser tratado para su limpieza y preparación con solución de blanqueador de 0.5% hipoclorito de sodio, así como agua y jabón.

Previo a la entrega del cadáver, el personal sanitario deberá informar sobre los riesgos sanitarios y de contagio a los familiares o personas jurídicamente legitimadas; asimismo, deberá realizar la entrega del cadáver en bolsa sanitaria biodegradable sellada. No se deberá realizar apertura de ésta para la limpieza, preparación o embalsamamiento del cadáver.

Es obligatorio desinfectar el equipo y la ropa de cama. Posterior a la limpieza y tratamiento sanitario del cadáver, se deberá seguir lo dispuesto por el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos.

Así como en las recomendaciones para la Protección Ambiental-Salud, Ambiental-Residuos Peligrosos y Biológico- Infecciosos, emitidas por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002, por lo que deberá introducirse en una bolsa sanitaria biodegradable y de traslado con ataúd; éste deberá reunir las características técnicas sanitarias de resistencia a la presión de los gases en su interior, estanqueidad e impermeabilidad.

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