/ martes 22 de marzo de 2022

En abril arranca el periodo para presentar declaración anual ante el SAT

Ya es posible consultar la información precargada en la página del SAT, informó el titular del organismo

Entre el 1 el 30 de abril, arranca el periodo para que las personas físicas presenten su declaración anual, por lo cual, ya es posible consultar la información precargada en la página del SAT, informó el titular del organismo en Hidalgo, Edmundo Rogelio Naranjo Dávalos.

De acuerdo con el administrador local del SAT, las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Entre estas destacan, honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.

Naranjo Dávalos puntualizó que las personas que están obligadas a presentar su declaración son aquellas que pertenecen a los regímenes de honorarios, actividades empresariales, plataformas tecnológicas, arrendamiento, intereses, dividendos, enajenación y adquisición de bienes.

Adundó que también están obligados a declarar ante el SAT aquellas personas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.

Además, el organismo tiene a disposición de los contribuyentes algunas herramientas para que cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma, entre estas, destaca SAT ID que permite generar o renovar la contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa.

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Esta instrumento, explicó, el funcionario es importante para realizar la declaración, pues permite autenticar la identidad del contribuyente e ingresar al sistema, asimismo es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.


Entre el 1 el 30 de abril, arranca el periodo para que las personas físicas presenten su declaración anual, por lo cual, ya es posible consultar la información precargada en la página del SAT, informó el titular del organismo en Hidalgo, Edmundo Rogelio Naranjo Dávalos.

De acuerdo con el administrador local del SAT, las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Entre estas destacan, honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.

Naranjo Dávalos puntualizó que las personas que están obligadas a presentar su declaración son aquellas que pertenecen a los regímenes de honorarios, actividades empresariales, plataformas tecnológicas, arrendamiento, intereses, dividendos, enajenación y adquisición de bienes.

Adundó que también están obligados a declarar ante el SAT aquellas personas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.

Además, el organismo tiene a disposición de los contribuyentes algunas herramientas para que cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma, entre estas, destaca SAT ID que permite generar o renovar la contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa.

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Esta instrumento, explicó, el funcionario es importante para realizar la declaración, pues permite autenticar la identidad del contribuyente e ingresar al sistema, asimismo es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.


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