Fallecer sin cobertura funeraria puede resultar preocupante y desgastante para los deudos debido al alto costo de ataúdes, cremación, servicio de velatorios, permisos y traslados, por ello, debes saber que las instituciones de salud cuentan con una prestación para cubrir el costo funerario de los derechohabientes.
Con la finalidad de apoyar con estos gastos al fallecer derechohabientes asegurados o pensionados, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga a los deudos la prestación en dinero para el sepelio. Este beneficio se determina considerando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que corresponda a la fecha de fallecimiento.
Los requisitos para dicho trámite se basan en que el asegurado fallecido debe tener registradas un mínimo de doce semanas de cotización en los nueve meses anteriores a su fallecimiento; sin embargo, si se trata del fallecimiento de un asegurado por riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización. Además, el asegurado debe encontrase vigente en sus derechos al momento del fallecimiento al igual que el pensionado.
La lista de documentos a presentar por parte del solicitante son identificación oficial con fotografía y firma, ya sea credencial ADIMSS; credencial para votar; cédula profesional; pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional.
Entregar un documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o AFORE, del asegurado o pensionado que contenga el Número de Seguridad Social y su nombre; impresión del CURP, obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población o en su caso, la credencial ADIMSS que el dato.
De igual modo, deberá mostrar la cuenta original de los gastos del funeral, ya sea la factura o el documento fiscal que avale el pago de los servicios funerarios del asegurado o pensionado, que detalle todos los gastos como el ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicios de traslado.
Y una copia certificada del Acta de Defunción, expedida por las instancias correspondientes; en caso de tratarse del fallecimiento de un asegurado por riesgo de trabajo, se deberá incluir el aviso de atención médica inicial y calificación de probable accidente de trabajo.
La instancia de salud determina la cantidad de dinero evaluando dos veces la mensualidad de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual este año 2023 corresponde a 3 mil 153 pesos, siendo el monto otorgado a la familia de 6 mil 306 pesos; 456 pesos más que el año pasado.