/ martes 31 de mayo de 2022

Funcionario público enfrenta proceso penal por discriminación

Impidió que un menor de edad que además es discapacitado entrenara natación con niños y niñas no discapacitados

Por excluir a un menor de edad que presenta Síndrome de Down, el exsubdirector de Desarrollo de Talentos Deportivos y excoordinador de la alberca del antes denominado Centro de Alto Rendimiento (CEAR), Ricardo N.N., fue sometido a un proceso penal por el presunto delito de discriminación agravada.

Este martes 31 de mayo de 2022, el agente del Ministerio Público solicitó al juez de Control se vincule a proceso al exservidor público del Instituto Hidalguense del Deporte (IHNIDE) por haber dado un trato discriminatorio a un menor discapacitado e impedir que practicara natación junto con más niños que no son discapacitados, además de tratar de obligarlo a estar con el grupo especial.

El delito que se le imputa a Ricardo N.N. es agravado, toda vez que él era servidor público en el momento de los hechos, menoscabó los derechos de la víctima que además es un menor.

A decir de los padres, previo a que llegara Ricardo N.N. como coordinador de la alberca del CEAR, su hijo practicaba natación con otro profesor y con niños no discapacitados; sin embargo, se fue el entrenador y llegó un nuevo director y junto con la nueva maestra de nombre Andrea “excluyeron al menor” y prohibieron rotundamente el acceso a la alberca.

Asimismo, solicitaron requisitos extraordinarios no establecidos para las demás personas, así como exámenes médicos y cartas responsivas que nadie más tenía que presentar, bajo el argumento “que los discapacitados, deben estar con los discapacitados”.

A decir de la asesora jurídica, al menor no se le permitió estar en igualdad de condiciones y posteriormente originaron que también fuera expulsado de la organización civil olimpiadas especiales.

Ante la exposición del agente del ministerio público, el juez de control explicó al imputado que su resolución la podía emitir en tres momentos: en esa misma audiencia, en 72 horas o en 144 horas, a lo que el imputado se apegó a la duplicidad del término constitucional, por lo que será el seis de junio cuando se determine si es vinculado a proceso por el delito de discriminación agravada.

Por otro lado, el agente del ministerio público informó que la Subprocuraduría de Derechos Humanos y Servicios a la Comunidad resolvió el no ejercicio de la acción penal en contra de las demás personas señaladas como imputadas, entre ellas, la directora del Instituto Hidalguense del Deporte (INHIDE), Fátima Baños; así como de otras dos personas.

Ante ese comunicado, el asesor jurídico anunció que interpondrá una impugnación porque dichas personas también fueron cómplices del delito de discriminación del que fue víctima el menor.

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Cabe señalar que la carpeta de investigación fue iniciada desde el 17 de enero de 2019, y apenas se llevó a cabo la audiencia inicial, esto luego de que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo negara que hubo violación a los derechos humanos, y que tuviera que ser la CNDH la que manifestara lo contrario; aunado a que el caso fue atraído y resuelto por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resolvió que sí hubo discriminación y pidió se reparen los daños.

Por excluir a un menor de edad que presenta Síndrome de Down, el exsubdirector de Desarrollo de Talentos Deportivos y excoordinador de la alberca del antes denominado Centro de Alto Rendimiento (CEAR), Ricardo N.N., fue sometido a un proceso penal por el presunto delito de discriminación agravada.

Este martes 31 de mayo de 2022, el agente del Ministerio Público solicitó al juez de Control se vincule a proceso al exservidor público del Instituto Hidalguense del Deporte (IHNIDE) por haber dado un trato discriminatorio a un menor discapacitado e impedir que practicara natación junto con más niños que no son discapacitados, además de tratar de obligarlo a estar con el grupo especial.

El delito que se le imputa a Ricardo N.N. es agravado, toda vez que él era servidor público en el momento de los hechos, menoscabó los derechos de la víctima que además es un menor.

A decir de los padres, previo a que llegara Ricardo N.N. como coordinador de la alberca del CEAR, su hijo practicaba natación con otro profesor y con niños no discapacitados; sin embargo, se fue el entrenador y llegó un nuevo director y junto con la nueva maestra de nombre Andrea “excluyeron al menor” y prohibieron rotundamente el acceso a la alberca.

Asimismo, solicitaron requisitos extraordinarios no establecidos para las demás personas, así como exámenes médicos y cartas responsivas que nadie más tenía que presentar, bajo el argumento “que los discapacitados, deben estar con los discapacitados”.

A decir de la asesora jurídica, al menor no se le permitió estar en igualdad de condiciones y posteriormente originaron que también fuera expulsado de la organización civil olimpiadas especiales.

Ante la exposición del agente del ministerio público, el juez de control explicó al imputado que su resolución la podía emitir en tres momentos: en esa misma audiencia, en 72 horas o en 144 horas, a lo que el imputado se apegó a la duplicidad del término constitucional, por lo que será el seis de junio cuando se determine si es vinculado a proceso por el delito de discriminación agravada.

Por otro lado, el agente del ministerio público informó que la Subprocuraduría de Derechos Humanos y Servicios a la Comunidad resolvió el no ejercicio de la acción penal en contra de las demás personas señaladas como imputadas, entre ellas, la directora del Instituto Hidalguense del Deporte (INHIDE), Fátima Baños; así como de otras dos personas.

Ante ese comunicado, el asesor jurídico anunció que interpondrá una impugnación porque dichas personas también fueron cómplices del delito de discriminación del que fue víctima el menor.

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Cabe señalar que la carpeta de investigación fue iniciada desde el 17 de enero de 2019, y apenas se llevó a cabo la audiencia inicial, esto luego de que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo negara que hubo violación a los derechos humanos, y que tuviera que ser la CNDH la que manifestara lo contrario; aunado a que el caso fue atraído y resuelto por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resolvió que sí hubo discriminación y pidió se reparen los daños.

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