El caso de que los concesionarios o trabajadores de Verificentros Vehiculares en la entidad incumplan con las normas ambientales, se revocará la concesión y Gobierno Estatal, realizará un rescate administrativo para garantizar el servicio a la ciudadanía, se establece en la Ley para la Protección al Ambiente de Hidalgo, ayer aprobada por las y los integrantes de la LXV Legislatura por 18 votos a favor, cero abstenciones y cero en contra.
Esta iniciativa, realizada por el Poder Ejecutivo encabezada por Julio Menchaca Salazar y enviada al Congreso local el 15 de junio pasado.
En ella se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de Ley para la Protección al Ambiente de Hidalgo, en la que amplía las funciones de la Secretaría para que los centros de verificación vehicular de la entidad garanticen el derecho humano a un medio ambiente sano, expuso el diputado Luis Ángel Tenorio Cruz, del partido Morena.
En la reforma de Ley contempla en el artículo 145 que la Semarnath será la única facultada para verificar de forma oficial los vehículos automotores mediante establecimientos y operación de Centros de Verificación Vehicular, ya sea de manera directa o por medio de una persona concesionaria
De las sanciones, podría revocarse la concesión y el rescate administrativo de los bienes muebles e inmuebles cuando la persona concesionaria o los mismos trabajadores afecten la prestación del servicio y generen consecuencias nocivas al medio ambiente.
Cuando ocurra, habrá un rescate administrativo por parte del Gobierno del Estado o en su caso lo que éste determine para asumir de forma temporal o definitiva para garantizar el servicio y no afectar a la ciudadanía.
El nuevo esquema, detalló el legislador, incluye prácticas monopólicas al permitir otorgar hasta un máximo de tres títulos de concesiones administrativas a una persona física o moral del sector privado.
Así mismo, otorgar una vigencia determinada a las concesiones, contemplando un plazo de cinco años, con la posibilidad de prorrogarse por cinco años más, reducir el plazo para expedir el programa obligatorio de un año a un semestre, a fin de permitir una actualización constante.
Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su difusión en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).