Con el objetivo de mejorar los procesos de fiscalización y revisión de las cuentas públicas, el auditor superior del estado, Armando Roldán Pimentel, propuso adecuar y armonizar diversas leyes.
Dentro del informe general, entregado el pasado 20 de febrero, el titular de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo (ASEH) “sugirió” modificaciones a la Ley Estatal del Procedimiento Administrativo, de Entidades Paraestatales, Orgánica Municipal, así como la ley Sobre el Uso de Medios Electrónicos y Firma Electrónica Avanzada.
En lo que respecta a la modificación planteada a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, se recomienda unificar el nombramiento de tesorero municipal, toda vez que en algunas administraciones se le denomina “secretarios de finanzas”, situación que impide en un futuro fincar responsabilidades administrativas o penales, en caso de detectar irregularidades.
“Dichos funcionarios, por su especial importancia y trascendencia en el ejercicio y aplicación de los recursos públicos se encuentran contemplados en distintas secciones de la Ley Orgánica Municipal, específicamente en el capítulo segundo del Título Sexto de la mencionada legislación, en donde son reconocidos como tesoreros y no como Secretarios de Finanzas”, explica la propuesta.
Lo anterior, ha sido indebidamente utilizado por los servidores o exservidores públicos a quienes se les instruyen diversos procedimientos de responsabilidades administrativas e incluso penales, pretendiendo hacer valer que, al no tener nombramiento de “tesorero”, sino como “Secretarios de Finanzas”, por lo tanto sus facultades y obligaciones no se encuentran previstas en la Ley Orgánica Municipal, que son otros los servidores públicos quienes desempeñaron las funciones de tesorero y por lo tanto argumentan “que no resulta legalmente procedente fincarles las responsabilidades correspondientes”.
Asimismo, en materia de notificación electrónica, la ASEH propone modificar la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas.
Respecto a la Ley Estatal del Procedimiento Administrativo, se propone derogar la fracción II del artículo 2, con la finalidad de armonizar la Ley Estatal del Procedimiento Administrativo con la General en materia de responsabilidades administrativas.
De la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, se busca que en su artículo 15 determina las facultades y obligaciones de los directores generales de las entidades paraestatales, es por ello que los directores generales atiendan las observaciones, requerimientos y recomendaciones que determinen las entidades fiscalizadoras.