TULA DE ALLENDE, Hgo.- Ante lo acontecido en la elección de precandidato por el partido político Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) en Tula, se tomó la decisión de interponer el recurso de impugnación en contra del registro de Ricardo Baptista González, quien es precandidato de esta fuerza política para contender en las próximas elecciones a presidente municipal.
Lo anterior se llevó a cabo el pasado 19 de agosto ante el Instituto Estatal Electoral, y tiene quince días para resolver esta petición.
Así lo dieron a conocer, ayer en la tarde, los otros aspirantes de MORENA Tula, Alfonso Rodríguez Fuentes, José Alfredo Jiménez Ángeles y José Luis Rodríguez Higareda, en conferencia de prensa realizada en conocido hotel de la ciudad de los atlantes.
Acompañados del líder ciudadano tulense Fernando Cruz Rodríguez, los quejosos señalaron que todo se originó porque hubo una situación de “agandalle” o imposición al interior de dicho partido político.
“Ya se interpuso el recurso de impugnación en contra del registro de Ricardo Baptista González de parte de nosotros los aspirantes y enviamos un documento ante la instancia electoral correspondiente estatal para el curso de revisión”, indicaron.
Alfonso Rodríguez, José Alfredo Jiménez y José Luis Rodríguez precisaron que Ricardo Baptista pidió licencia, hace tiempo, para dejar su cargo de diputado local por Tula para contender a la alcaldía, sin embargo, después Baptista decidió abandonar el proceso electoral para reincorporarse al congreso estatal, donde funge como diputado.
Una vez reanudado el proceso electoral, señalaron los quejosos, el diputado tulense se registró igualmente como aspirante a la alcaldía de Tula por MORENA.
Indicaron que tienen conocimiento que los servidores públicos deben separarse de su cargo noventa días antes de la fecha de elección de aspirantes, por lo cual Baptista llevo a contravenir la ley en la materia electoral.
Por último, dijeron que su registro como precandidato a la presidencia municipal de Tula no cumplió con los requisitos fundamentales en la ley electoral.
DATO
Los servidores públicos deben separarse de su cargo noventa días antes de la fecha de elección, dijeron los quejosos.