El próximo 31 de marzo vence el plazo para que personas morales rindan su declaración anual 2019, al Sistema de Administración Tributaria (SAT) que no ha modificado la fecha límite por la pandemia del nuevo coronavirus, pese a que el sector empresarial y el Colegio Nacional de Contadores Públicos lo han pedido debido a la contingencia sanitaria.
Lo que ya anunció, es que máximo en tres días devolverá los impuestos a favor del contribuyente, de lo que resulte de dicha declaración.
El SAT define a una persona “moral” por la unión de dos o más personas por un fin común, sea o no lucrativo; pueden ser empresas, Organizaciones No Gubernamentales, negocios, que emiten facturas y pagan impuestos.
Ellos están sujetos a la fecha límite del próximo 31 de marzo, oficialmente no ha sido modificada ni postergada, como lo han pedido algunas voces.
Sin embargo, la Procuraduría de defensa del contribuyente (Prodecon) envío una solicitud de ampliación del plazo, tanto para las personas morales (31 de marzo) como para las físicas (30 de abril), pero no ha habido respuesta por parte del fisco.
También pidió que así como las físicas pueden pagar sus impuestos anuales en seis parcialidades, la medida aplique a las morales. Tampoco ha respondido.
En apoyo a la medida de no salir de casa, tanto la Prodecon como el SAT ofrecen sus servicios en línea.