/ jueves 11 de febrero de 2021

Piden proteger a adultos mayores

Los integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), María Teodora Islas Espinoza, Claudia Lilia Luna Islas y Asael Hernández Cerón, promovieron una iniciativa para modificar el Código Penal para el Estado de Hidalgo, en razón de brindar mayor protección jurídica a ese grupo poblacional (dentro del cual también existen personas incapaces), para evitar que estos se encuentren en estado de indefensión, ya que al tener una edad avanzada se les dificulta satisfacer sus necesidades más apremiantes.

Islas Espinoza dijo que el maltrato de las personas adultas mayores es el trato indebido y/o negligente provocado por otra persona que le ocasione daño o lo exponga al riesgo de sufrir daño a su salud, su bienestar o sus bienes.

Explicó que en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores lo categorizan también como violencia psicológica por el sufrimiento que se le pueda causar a la persona que está en situación de inferioridad y desventaja, a su vez, en la Ley para la Familia vigente en nuestro Estado, contempla que la obligación de dar alimentos deriva del parentesco, por ende los padres está obligados a dar alimentos a sus hijos; en contraprestación la misma ley refiere que quien dio alimentos está obligado a recibirlos de quien se los dio.

Afirmó que, “es por ello que se deben adoptar, urgentemente, medidas para que el manejo de los residuos sólidos urbanos, se clasifiquen y se recolecten, diferenciando entre residuos en general y los residuos de covid-19 y con la finalidad de evitar la propagación de la enfermedad y el daño ambiente”.

Los integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), María Teodora Islas Espinoza, Claudia Lilia Luna Islas y Asael Hernández Cerón, promovieron una iniciativa para modificar el Código Penal para el Estado de Hidalgo, en razón de brindar mayor protección jurídica a ese grupo poblacional (dentro del cual también existen personas incapaces), para evitar que estos se encuentren en estado de indefensión, ya que al tener una edad avanzada se les dificulta satisfacer sus necesidades más apremiantes.

Islas Espinoza dijo que el maltrato de las personas adultas mayores es el trato indebido y/o negligente provocado por otra persona que le ocasione daño o lo exponga al riesgo de sufrir daño a su salud, su bienestar o sus bienes.

Explicó que en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores lo categorizan también como violencia psicológica por el sufrimiento que se le pueda causar a la persona que está en situación de inferioridad y desventaja, a su vez, en la Ley para la Familia vigente en nuestro Estado, contempla que la obligación de dar alimentos deriva del parentesco, por ende los padres está obligados a dar alimentos a sus hijos; en contraprestación la misma ley refiere que quien dio alimentos está obligado a recibirlos de quien se los dio.

Afirmó que, “es por ello que se deben adoptar, urgentemente, medidas para que el manejo de los residuos sólidos urbanos, se clasifiquen y se recolecten, diferenciando entre residuos en general y los residuos de covid-19 y con la finalidad de evitar la propagación de la enfermedad y el daño ambiente”.

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