El gobernador Julio Menchaca envió al Congreso del Estado de Hidalgo un paquete de cuatro iniciativas con reformas al Código Electoral del Estado y a la Ley Orgánica Municipal, entre ellas, la eliminación de los 84 Consejos Municipales Electorales. Esto, representaría un ahorro de 42 millones 695 mil 469.60 pesos por año por concepto de sueldos.
De acuerdo con el argumento del representante del Poder Ejecutivo el impacto de esta iniciativa es favorable, en el sentido, de que el dinero podrá destinarse al desarrollo social y la función que ejercen los Consejos, los cuales son temporales en cada elección, los asumirán los Consejos Distritales Electorales.
Además, se evitará poner en riesgo la integridad física de las personas que fungen como autoridades electorales y el resguardo de los paquetes electorales de cada municipio; se continuará cumpliendo la función electoral en los municipios bajo los principios constitucionales de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.
La iniciativa también proyecta es gasto de los Consejos Municipales Electorales, solo en elección de ayuntamientos desde el periodo 2023-2024 hasta el 2059-2060, es decir, 13 elecciones a presidentes municipales, con un estimado de 555 millones 041 mil 105 pesos.
Actualmente cada uno de los 84 Consejos está integrado por ocho ciudadanos: un presidente con sueldo mensual de 17 mil 429.48; dos consejeros, cada uno percibe 13 mil 614.63; un secretario de Consejo municipal, con 12 mil 343.01; un coordinador electoral municipal, con 16 mil 157.87; un coordinador y un capacitador de organización electoral municipal, cada uno de 9 mil 895.58 y un secretario administrativo, de 8 mil 705.10 pesos.
En otra de las iniciativas el gobernador expuso que es necesaria la expedición de la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Hidalgo, no obstante, ésta fue enviada en noviembre del 2022 y continúa en la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, sin dictamen.
En una tercera, faculta a los Consejos Distritales a organizar obligatoriamente un debate entre las personas candidatas a las presidencias municipales de la entidad.
La cuarta iniciativa propone que los actos y resoluciones que emitan el Tribunal Electoral y el Consejo General del Instituto Estatal Electoral deberán notificarse dentro de los tres días hábiles siguientes en que se dicten y surtirán sus efectos legales a partir del día siguiente en que se practiquen.
Las notificaciones se realizarán de forma personal cuando sea a alguna de las partes y cuando el acto entrañe una citación o plazo para la práctica de una diligencia o ejercicio de algún derecho; al menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha y hora en que se celebrará la diligencia o deberá ejercerse el derecho. Las demás se harán por cédula que se fijará en los estrados del Instituto o del órgano que emita la resolución de que se trate.
El paquete de iniciativas fueron turnadas a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación.