Isaid Acosta Téllez, presidente municipal de Calnali, no se le impuso medida cautelar, toda vez que después de haberse dictado vinculación a proceso a petición de su defensa, se autorizó la suspensión condicional del proceso, por lo que podrían no ser sustituido de su encargo.
“Corresponde a la Primera Comisión Permanente analizarlo, pero entiendo que si no hay ningún dictado de medida cautelar, creo que implicaría la no destitución”, dijo Julio Valera Piedras, presidente de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado de Hidalgo, al término de la sesión de este martes.
Lo anterior, luego de que la directiva recibió el oficio 10846/2023 firmado por Janeth Montiel Mendoza, jueza penal de control adscrita al Primer Circuito Judicial de Pachuca, en el que menciona que el imputado Isaid Acosta no se le impuso medida cautelar, después de haberse dictado la vinculación a proceso a petición de su defensa, se autorizó la suspensión condicional del proceso y por ende quedó suspendido.
Ésta fue la respuesta al oficio suscrito y enviado por la Primera Comisión Permanente fechado el 13 de abril del presente año, referente a la causa penal 1109/2022, contra el presidente municipal por el delito de malversación de recursos y negociación indebida por un monto de 52 millones de pesos cuando fungió como director de Obras Públicas del municipio, periodo 2018-2020.
El presidente de la Junta de Gobierno del Congreso local insistió que será la Primera Comisión de Gobernación junto con el cuerpo jurídico el que analice el oficio enviado por la jueza y lo que corresponde al pleno, habrá de respetar la ley.
La Comisión de Gobernación es integrada por los diputados José Noé Hernández Bravo, presidente; Octavio Magaña Soto y Alejandro Enciso Arellano, secretarios; Francisco Xavier Berganza Escorza y Silvia Sánchez García, vocales.
En relación a la elección de próximo 4 de junio para gobernador en el Estado de México y Coahuila, el diputado Julio Valera dijo que respetarán la decisión de la ciudadanía y no cabe duda de que la candidata y el candidato, respectivamente, son extraordinarias propuestas.