Policía Estatal, única facultada para sancionar

Las corporaciones municipales apoyan en otras acciones de movilidad, para reducir contagio de Covid-19

Maximiliano Pérez y Rosalía Maldonado

  · martes 5 de mayo de 2020

En Hidalgo es una medida que conductores no tienen familiarizada. / Blanca E. Gutiérrez

Solo la Policía Estatal tiene facultad para multar y detener vehículos, tras la puesta en marcha del programa Hoy no circula, el cual, tiene la finalidad de reducir la vialidad en la entidad debido a la contingencia sanitaria de Covid-19, informó la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo.

No obstante, la dependencia mantiene coordinación con las corporaciones municipales, a fin de reducir la movilidad interna de cada jurisdicción, pero claro está que ellos no pueden aplicar multas.

Para evitar actividades irregulares, los filtros se han instalado en diversos puntos de la entidad, principalmente en las entradas y salidas, mientras que la SSPH tiene supervisores en los puntos de asuntos internos, en tanto personal del C5i monitorea mediante videovigilancia con puntos de monitoreo en “líneas de vista”.

Como bien se anunció, los vehículos que pueden circular sin inconveniente a diario son los que sean utilizados para cumplir con una actividad esencial: transporte foráneo, interestatal y federal, público y privado (no contempla vehículos particulares).

Servicios de transporte de personas y bienes; públicos, privados y concesionados, como el transporte público de pasajeros, masivo, colectivo e individual, transporte privado de personas y bienes y de sus modalidades, siempre y cuando sirvan para cumplir con actividades esenciales: servicios funerarios, materiales y equipos autopropulsados o remolcados, arrastre y salvamento, carga, valores, paquetería y mensajería o reparto.

Servicio complementario de transporte y de sus modalidades empleados y hospitalario, por mencionar algunos.

Según lo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) las multas por infringir el “Hoy no circula”, van desde los 868 hasta lo 40 mil 440 pesos, con base en el artículo 188 de la Ley de Salud.

Para la aplicación de la sanción se analizarán los daños producidos a la salud de las personas, la gravedad de la infracción, así como las condiciones socioeconómicas de quien infrinja la determinación.

TEMAS