Queda prohibido el comercio en cualquiera de sus giros, ya sea establecidos o ambulantes, en la zona de cero tolerancia en la plaza principal de Tenango de Doria, de acuerdo con el nuevo Reglamento para el Uso de la Plaza de Armas publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
El ordenamiento, señala que se permitirán solo ventas sin fines de lucro, con metas de índole social, permitidas a instituciones o causas de interés general, tales como kermeses, vendimias, verbenas, boteo, o cualquier actividad de recaudación monetaria de carácter benéfico o para un fin social o educativo, siempre y cuando cuente con la autorización.
La plaza es el recinto principal y emblemático del municipio, el cual además de resguardar el lábaro patrio, se encuentra establecido el Palacio de Gobierno Municipal que se edificó en el paredón de fusilamiento de la plaza de armas como tal y que es por excelencia de eventos cívicos, patrióticos, de festejo nacional, estatal y municipal.
La explanada cívica cuenta con un área de 2 mil 143.32 metros cuadrados, dicha área es una Zona de Cero Tolerancia para la práctica del comercio, integrada por un foro con vestidores, asta Bandera, ocho jardineras, dos fuentes danzantes, letras con el nombre del municipio.
"La plaza ha de ser utilizada para distintos fines, como recreativos, culturales, religiosos, nunca jamás para fines comerciales, más que los propios de la actividad al momento de contratar servicios varios en cuanto al mobiliario destinado para los fines del evento principal, el cual no es para fines de lucro monetario", aclara el documento.
La Secretaría es el organismo del ayuntamiento encargada del cuidado, control y manejo de la plaza, por lo que serán sujetos de sanción todas aquellos que infrinjan el reglamento por cuanto a imagen y protección del ambiente y a la suspensión de los eventos.
La ordenanza advierte que cualquier sujeto que sea sorprendido efectuando algún tipo de acto comercial o económico dentro de la plaza, será sancionado por la autoridad competente y puesto a disposición de las autoridades competentes, pudiendo ser arrestado hasta por 36 horas o pagar la multa correspondiente que fije el juez conciliador.
El Reglamento para el Uso de la Plaza de Armas, tiene como objetivo la conservación, control y mantenimiento de la imagen de la plaza, asimismo y si hubiera posteriores modificaciones y mejoras sean acordes a la máxima de conservar la explanada.