/ lunes 30 de septiembre de 2024

Santiago Tulantepec: Detienen a presuntos talamontes clandestinos en Los Romeros

El Mando Coordinado de Santiago Tulantepec informó que los sujetos fueron dispuestos ante el juez conciliador

Dos personas fueron puestas a disposición ante el juez conciliador de Santiago Tulantepec luego de que policías del Mando Coordinado las arrestaran por presunta tala clandestina en la localidad de Los Romeros.

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Uniformados señalaron que fue tras un reporte del guardia en turno, que se remitieron a dicha comunidad ante "posible tala clandestina". Cuando llegaron, encontraron a una persona que reconoció el señalamiento.

El presunto admitió talar un árbol que aparentemente llevaba siete años tirado. Este sujeto iba a acompañado por otra persona, también vecino del Ejido Los Romeros.

Tras la llegada de los policías, también se presentó en el sitio el comisariado ejidal, quien tras dialogar con los involucrados, decidió no proceder ante el Ministerio Público. Sin embargo, los policías remitieron a los dos presuntos ante el juez conciliador.

Tala clandestina, delito federal que se castiga con prisión

Cabe mencionar que la tala clandestina es un delito de orden federal que debe castigarse con prisión, tal cual lo establecen las leyes mexicanas.

Las reformas avaladas por el Gobierno Federal en junio de 2023, establecen que se impondrá pena de seis meses a nueve años de prisión y multa de cien a 3 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, al que sin contar con la autorización previa de la autoridad competente, desmonte o destruya la vegetación forestal o cambie el uso de suelo en terrenos forestales.

Dicha pena de prisión deberá aumentarse hasta en cuatro años más y la multa hasta en cinco mil veces el valor diario de la UMA vigente cuando esas conductas afecten un área natural protegida.

Además, cuando las conductas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, se impondrá pena de tres a doce años de prisión y multa de quinientos a cinco mil veces el valor diario de la UMA vigente.

También señala que a quien, sin que exista acto administrativo que lo autorice o no cuente con la documentación que acredite la legal procedencia, transporte, comercie, enajene, distribuya, suministre, acopie, compre, reciba, adquiera, almacene, resguarde, posea o transforme materias primas forestales o productos forestales maderables, se le aplicarán las siguientes penas:

Cuando el volumen no exceda de dos metros cúbicos, de dos a cinco años de prisión y multa de quinientos a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. Si el volumen es superior a dos metros cúbicos, la sanción será de seis a doce años de prisión y multa de mil a 5 mil veces el valor de la UMA.

Por otro lado, las reformas también precisan que no se aplicará pena alguna a quien realice la actividad para uso doméstico dentro de una comunidad rural, indígena o afromexicana a la que pertenezca.

Dos personas fueron puestas a disposición ante el juez conciliador de Santiago Tulantepec luego de que policías del Mando Coordinado las arrestaran por presunta tala clandestina en la localidad de Los Romeros.

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Uniformados señalaron que fue tras un reporte del guardia en turno, que se remitieron a dicha comunidad ante "posible tala clandestina". Cuando llegaron, encontraron a una persona que reconoció el señalamiento.

El presunto admitió talar un árbol que aparentemente llevaba siete años tirado. Este sujeto iba a acompañado por otra persona, también vecino del Ejido Los Romeros.

Tras la llegada de los policías, también se presentó en el sitio el comisariado ejidal, quien tras dialogar con los involucrados, decidió no proceder ante el Ministerio Público. Sin embargo, los policías remitieron a los dos presuntos ante el juez conciliador.

Tala clandestina, delito federal que se castiga con prisión

Cabe mencionar que la tala clandestina es un delito de orden federal que debe castigarse con prisión, tal cual lo establecen las leyes mexicanas.

Las reformas avaladas por el Gobierno Federal en junio de 2023, establecen que se impondrá pena de seis meses a nueve años de prisión y multa de cien a 3 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, al que sin contar con la autorización previa de la autoridad competente, desmonte o destruya la vegetación forestal o cambie el uso de suelo en terrenos forestales.

Dicha pena de prisión deberá aumentarse hasta en cuatro años más y la multa hasta en cinco mil veces el valor diario de la UMA vigente cuando esas conductas afecten un área natural protegida.

Además, cuando las conductas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, se impondrá pena de tres a doce años de prisión y multa de quinientos a cinco mil veces el valor diario de la UMA vigente.

También señala que a quien, sin que exista acto administrativo que lo autorice o no cuente con la documentación que acredite la legal procedencia, transporte, comercie, enajene, distribuya, suministre, acopie, compre, reciba, adquiera, almacene, resguarde, posea o transforme materias primas forestales o productos forestales maderables, se le aplicarán las siguientes penas:

Cuando el volumen no exceda de dos metros cúbicos, de dos a cinco años de prisión y multa de quinientos a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. Si el volumen es superior a dos metros cúbicos, la sanción será de seis a doce años de prisión y multa de mil a 5 mil veces el valor de la UMA.

Por otro lado, las reformas también precisan que no se aplicará pena alguna a quien realice la actividad para uso doméstico dentro de una comunidad rural, indígena o afromexicana a la que pertenezca.

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